El régimen cubano emitió este miércoles una resolución que autoriza el uso de armamentos en la protección de "zonas estratégicas" para el país. La resolución 9/2024, publicada en la Gaceta Oficial y firmada por el Ministerio de las Fuerzas Armadas (FAR), establece el aumento de "la seguridad y protección física de las zonas de producción agropecuarias, de inversiones constructivas y de montaje, y otras áreas urbanas y rurales de interés para la defensa".
Asimismo, se permite "emplear armamento del tipo escopeta o arma con munición de perdigones de diferentes calibres para la seguridad y protección" de estas zonas pertenecientes a las FAR, cuyo conglomerado militar, GAESA, gestiona gran parte de las empresas del país. La resolución especifica que los jefes y directores de las entidades que administran estas áreas serán responsables de que el personal encargado del servicio de guardia y protección porte la licencia de Segunda Clase para portar armamento.
Preparación y mantenimiento del armamento
En este sentido, los responsables tendrán a su cargo la preparación del servicio de guardia para que conozca y domine la parte material del armamento, incrementen sus cualidades combativas, y todos firmen las medidas de seguridad para su empleo. El servicio de guardia deberá realizar mantenimiento técnico diario a las armas antes de entregar el turno y usar racionalmente las municiones, asegura la publicación.
Además, los jefes de las zonas estratégicas deberán responder por los locales o cuartos donde se guarda el armamento, los cuales deberán ser protegidos y acondicionados por los jefes y directores de las entidades que administran las zonas protegidas. Los locales para guardar el armamento deberán tener puertas de entrada de metal y llavín seguro; sistema de doble sellaje; protección metálica en ventanas y puertas para evitar el acceso no autorizado o la extracción de los medios; y cubierta rígida, entre otros requisitos.
Según la resolución, el cuarto de armamento también deberá contar con sistema eléctrico, iluminación y alarma protegida contra cortocircuitos. Además, deberá haber señalización en la puerta del cuarto de armamento con los cargos del personal autorizado para el acceso y la firma de la persona que lo autoriza, así como la habilitación de un libro para el control de la entrega y recepción del armamento.
Estas medidas surgen en un contexto de creciente descontento popular y crisis generalizada que ha incrementado el robo, las protestas ciudadanas y los atentados contra entidades gubernamentales en señal de rechazo al régimen.
Preguntas frecuentes sobre la custodia armada en áreas empresariales de las FAR
Ante la nueva resolución del régimen cubano, surgen diversas preguntas sobre su implementación y consecuencias. Aquí respondemos a algunas de las más comunes.
¿Qué tipo de armamento se utilizará para la protección de las zonas estratégicas?
Se emplearán escopetas o armas con munición de perdigones de diferentes calibres para la seguridad y protección de estas zonas.
¿Quiénes serán responsables del manejo y seguridad del armamento?
Los jefes y directores de las entidades que administran las zonas protegidas serán responsables de que el personal encargado del servicio de guardia y protección cumpla con las medidas de seguridad y mantenimiento del armamento.
¿Qué medidas de seguridad se implementarán en los locales donde se guardará el armamento?
Los locales deberán contar con puertas de metal, llavín seguro, sistema de doble sellaje, protección metálica en ventanas y puertas, cubierta rígida, sistema eléctrico, iluminación y alarma protegida contra cortocircuitos.