El gobierno cubano ha delineado las regulaciones referentes a las entradas y salidas del país con la publicación de un nuevo proyecto de Ley de Migración, presentado este lunes por la Asamblea Nacional del Poder Popular. Aunque el documento no introduce cambios significativos respecto a las normas actuales, sí detalla los criterios que las autoridades tienen en cuenta para permitir el ingreso y salida del territorio nacional, operando desde los puertos y aeropuertos internacionales.
Para ingresar o salir del país, es necesario contar con un pasaporte válido o un documento equivalente emitido a nombre del titular del viaje, así como con el carnet de identidad o una tarjeta de menor en calidad de residente temporal, permanente, de inmobiliaria, humanitario o provisional.
Los extranjeros no residentes en Cuba deben gestionar una visa de entrada, a menos que sean ciudadanos de un país con convenios de exención de visado con el Ministerio de Relaciones Exteriores de la isla. El documento especifica condiciones que regulan la entrada y salida del país.
Condiciones para la entrada y salida del territorio cubano
En cuanto a la entrada al territorio nacional, se considera inadmisible a una persona con antecedentes relacionados con actividades de terrorismo, trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, drogas, lavado de activos, tenencia o portación ilegal de armas, o cualquier acto condenado a nivel internacional.
Asimismo, no podrán acceder a Cuba individuos vinculados a actos lesivos contra la humanidad, la dignidad y la salud colectiva. También se consideran inadmisibles aquellos que organicen, estimulen o participen en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano, un punto que queda sujeto a la interpretación de los oficiales migratorios y de la Seguridad del Estado.
Similares restricciones se aplican por razones de Seguridad y Defensa Nacional o si la persona ha sido declarada indeseable o expulsada. Sin embargo, pueden hacerse excepciones en casos humanitarios, de interés público o si las instituciones estatales así lo aconsejan.
En cuanto a las salidas del país, uno de los puntos más criticados por el régimen cubano debido a su aplicación discrecional, el documento detalla que nadie puede salir del país si se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar sujeto a proceso penal o cualquier otra materia con una medida cautelar de prohibición de salida del territorio nacional.
- Tener pendiente el cumplimiento de una sanción penal que incluya la prohibición de salida del país.
- Estar sujeto a las prestaciones del Servicio Militar Obligatorio.
- Cuando razones de Seguridad y Defensa Nacional así lo aconsejen.
- Tener obligaciones con el Estado cubano o responsabilidad civil dispuestas por las autoridades competentes.
- Carecer de la autorización establecida para preservar la fuerza de trabajo calificada para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país.
- Carecer de la autorización establecida para preservar la seguridad y protección de la información oficial.
- Falta de autorización de los padres en el caso de menores de edad.
- Otras razones de interés público determinadas por las autoridades facultadas.
- Incumplimiento de lo estipulado en la Ley de Migración, la Ley de Extranjería y sus respectivos reglamentos.
Las personas con alguna de estas restricciones serán notificadas en el puerto de entrada al país o por otros medios apropiados.
El documento también menciona cambios como la posible eliminación del tiempo de estancia de 24 meses en el exterior y la designación de migrante por esta razón.
El gobierno asegura que el propósito de publicar estos proyectos de ley es "promover la participación ciudadana y contribuir a la cultura jurídica" de los cubanos. Según la agencia oficialista Prensa Latina, "estas propuestas legislativas serán sometidas a análisis y discusión por parte de los diputados, con vistas a su presentación oportunamente en el Parlamento cubano".
Preguntas frecuentes sobre la nueva Ley de Migración en Cuba
En esta sección, respondemos a algunas preguntas comunes sobre las nuevas regulaciones de entrada y salida de Cuba según el reciente proyecto de Ley de Migración.
¿Qué documentos son necesarios para entrar y salir de Cuba?
Para entrar y salir de Cuba se requiere un pasaporte válido o un documento equivalente, junto con el carnet de identidad o una tarjeta de menor en calidad de residente temporal, permanente, de inmobiliaria, humanitario o provisional.
¿Qué condiciones pueden impedir la entrada a Cuba?
Las condiciones que pueden impedir la entrada a Cuba incluyen antecedentes en actividades de terrorismo, trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, drogas, lavado de activos, tenencia o portación ilegal de armas, y otras actividades condenadas a nivel internacional.
¿Qué situaciones pueden prohibir la salida de Cuba?
Las situaciones que pueden prohibir la salida de Cuba incluyen estar sujeto a proceso penal, tener pendiente una sanción penal, estar en el Servicio Militar Obligatorio, razones de Seguridad y Defensa Nacional, tener obligaciones con el Estado cubano, y otras razones determinadas por las autoridades.