El régimen cubano, conocido por restringir los derechos civiles y políticos de sus ciudadanos, ahora también podrá privarlos de la ciudadanía según el nuevo anteproyecto de Ley presentado ayer por la Asamblea Nacional. La normativa, compuesta por 17 capítulos y 114 artículos, otorga al dictador de turno la facultad de emitir Decretos Presidenciales para retirar la ciudadanía de manera discrecional a los cubanos bajo términos jurídicamente imprecisos.
Implicaciones de la nueva ley
El Artículo 55.1 otorga competencias al Presidente de la República para privar de la ciudadanía cubana a cualquier persona que desde el extranjero realice actos contrarios a los altos intereses políticos, económicos y sociales de la República de Cuba. Este postulado adquiere relevancia en un régimen totalitario como el cubano, donde Estado, Gobierno y Partido Comunista suelen estar alineados a la hora de dictar resoluciones judiciales para criminalizar a la disidencia política.
Además, la Ley también permite despojar de la ciudadanía cubana a quienes mantengan residencia efectiva en el país o no tengan otra ciudadanía a la cual acogerse, convirtiéndolos en verdaderos apátridas por mandato supremo de un Decreto Presidencial. Esto puede aplicarse siempre que el Ministerio del Interior considere que estos cubanos representan una amenaza para la seguridad nacional, la estabilidad del Estado, las relaciones internacionales o la salud general de la población, términos jurídicamente vagos en un país donde una simple protesta puede ser vista como una amenaza a la seguridad nacional.
Las alarmas se encendieron cuando el 30 de diciembre de 2017 el Consejo de Estado dictó el Decreto Ley No.352, prohibiendo adquirir la ciudadanía a los cubanos nacidos en el exterior cuyos padres hubiesen cometido actos contra los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado.
El régimen cubano, abrumado por la crisis económica, el éxodo y la evidente crisis política, ya no se esconde para formalizar en papel lo que ha estado haciendo de facto durante más de seis décadas. El propio Partido Comunista acuñó términos como "anticubanos" o "mercenarios" para referirse a aquellos que no veneraban al Dictador en Jefe, despojándolos de sus derechos políticos, de sus propiedades y enviándolos al exilio, prohibiendo su regreso.
En términos prácticos, el totalitarismo comunista que hoy se empeña en retirar la condición de ciudadanos a aquellos cubanos que considera incómodos, ya lo hizo de facto a toda la nación, entendiendo la condición de "ciudadano" como aquel sujeto provisto de derechos políticos y sociales sustentados en el principio de igualdad y participación política.
El ocaso de lo que un día fue la "Revolución cubana", evidenciado en un país sumido en la desesperanza y un Partido Comunista con una crisis generalizada de liderazgo, es razón suficiente para la aprobación maratónica de leyes nefastas con el único objetivo de retrasar un cambio que ya es inevitable y se vislumbra cerca.
Ningún burócrata dictadorzuelo tendrá moral para retirar la condición de cubano a un compatriota. Que aquellos a los que se les aplique semejante aberración jurídica, muestren con dignidad el mayor premio de cubanidad que existe: no ser indiferente ante la barbarie en Cuba.
Preguntas frecuentes sobre la nueva normativa de ciudadanía en Cuba
En este apartado, respondemos algunas de las preguntas más comunes sobre la nueva normativa de ciudadanía en Cuba y sus implicaciones.
¿Qué permite la nueva ley de ciudadanía en Cuba?
La nueva ley permite al Presidente de la República retirar la ciudadanía cubana de manera discrecional a aquellos que realicen actos contrarios a los altos intereses políticos, económicos y sociales de la República de Cuba.
¿Qué implicaciones tiene para los cubanos en el extranjero?
Los cubanos en el extranjero que realicen actos considerados contrarios a los intereses del Estado pueden ser despojados de su ciudadanía, dejándolos potencialmente apátridas si no tienen otra nacionalidad.
¿Qué criterios se utilizan para retirar la ciudadanía?
Los criterios incluyen actos que se consideran una amenaza para la seguridad nacional, la estabilidad del Estado, las relaciones internacionales o la salud general de la población, aunque estos términos son jurídicamente imprecisos.